Inspección de Trabajo y Seguridad Social envía 45.000 cartas para poner fin a la contratación sumergida de las empleadas del hogar

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Durante el mes de enero y febrero la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha enviado 45.000 cartas a los empleadores que tienen contratada a una persona en el Régimen Especial de Empleadas del Hogar,  y cotizaciones a la seguridad social.

Desde la subida del SMI en 2020, la ITSS ha detectado que algunas empleadas no están cobrando el mínimo que exige la ley e incluso han dejado de cotizar en la seguridad social, aumentando de esta forma la contratación sumergida de las empleadas del hogar.

El plazo para comunicar a la TGSS la actualización de la retribución es antes del 31 de marzo de 2021. Se debe comunicar el salario real de su empleada desde enero de 2021, no teniendo carácter retroactivo a efectos del 2020.

A partir del 1 de abril de 2021, los empleadores que no tengan regularizada a su empleada podrán ser sancionados con multas desde 600 a 1.250 euros.

¿Cuál es el SMI vigente de las empleadas del hogar?

Cabe destacar que el salario es pactado entre el empleador y la empleada, pero en ningún caso puede ser inferior al SMI.

En la actualidad, el SMI de una empleada a jornada completa es de 1.108,33 euros con las pagas extraordinarias prorrateadas en 12 meses o 950 euros, en 14 pagas.

¿Cómo puedo comunicar las variaciones de salario a la seguridad social?

El comunicado puede realizarse a través de tres vías diferentes:

  • A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital desde el apartado de “variaciones/correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para empleados del hogar”.
  • En caso de no disponer del certificado digital se puede cumplimentar el Modelo T.A 2/S-0138 para remitirlo a través del formulario de la Seguridad Social, adjuntando copia del DNI del empleador.
  • A través de una agencia de colocación como ServiTa autorizada por el sistema RED, que realizará los trámites necesarios (certificado digital, comunicación a la seguridad social, contratación y cotización a la SS…) para regularizar a su empleada del hogar.

En Servita podemos ayudarle a regularizar a su trabajadora de forma más rápida y sin que tenga que preocuparse del papeleo. Le informamos de cualquier duda sin ningún compromiso. Puede contactarnos a través de nuestros formularios, llamando al 91 675 69 27 o enviando un correo a info@servita.es

Fuentes: Bermejo, I. (2021, 1 febrero). Campaña de Inspección para regularizar a las empleadas del hogar: ¿Cuánto hay que pagarles y qué sanciones conlleva no hacerlo? La Razón. Recuperado el 23 de febrero de 2021.

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