Cómo solicitar la dependencia en la Comunidad de Madrid

Índice

La dependencia es la condición de larga duración por la que una persona necesita la asistencia y ayuda para realizar sus actividades diarias. Por lo general estos cuidados se realizan por parte de cuidadoras externas u otros servicios prestados por una empresa de cuidado de mayores, si es el caso.

Los motivos pueden ser por una edad avanzada, una enfermedad crónica o de larga duración o una discapacidad que pueda necesitar la asistencia de cuidadoras internas de manera permanente.

En estos casos hay ciertas ayudas que otorgan las administraciones recogidas en la Ley de Dependencia como es el caso de solicitar la teleasistencia. Otra de las ayudas habituales es la devolución del dinero gastado en órtesis y prótesis prescritas por un médico, por ejemplo.

Este tipo de ayudas tienen como objetivo que la persona afectada pueda mantener una vida independiente y tomar sus propias decisiones.

Se trata de darle los medios económicos para que pueda contratar los servicios de atención y ayuda para las actividades básicas y mantener su autonomía personal.

Te contamos hoy cómo presentar la solicitud de dependencia en la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede solicitar la dependencia en Madrid?

Lo primero que debes tener claro es quién puede solicitar esta dependencia.

Españoles y extranjeros que residen legalmente en España, y lo han hecho durante 5 años, incluidos los 2 últimos antes de solicitar (salvo los emigrantes que regresan).

Para los menores de 5 años, sus padres, tutores o quienes posean su custodia deben haber residido legalmente en España recientemente.

Es necesario residir en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud para el reconocimiento del estado de dependencia.

¿Cómo presentar la solicitud de dependencia en Madrid?

La solicitud se puede tramitar a través de internet en la web de la Comunidad de Madrid. Para ello tendrás que acceder a la zona de tramitación y rellenar un formulario.

A este trámite tendrás que incorporar cierta documentación que las administraciones comprobarán. La mayoría se refieren tanto a tus datos personales de identificación o bancarios (para el ingreso de la ayuda con posterioridad).

También tendrás que aportar la documentación que acredite la situación de dependencia y tus necesidades básicas de la vida diaria para poder valorar tu solicitud.

La documentación que tendrás que aportar

La documentación principal que tendrás que aportar es:

  • Certificados de empadronamiento que demuestren que el solicitante ha vivido en España al menos cinco años, incluyendo los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Para extranjeros no comunitarios, un certificado del Ministerio del Interior que verifique la residencia legal en España durante al menos cinco años, incluyendo los dos últimos antes de la solicitud.
  • Informe médico actualizado.
  • Informe social proporcionado por los Servicios Sociales municipales.
  • En caso de tener reconocido algún grado de discapacidad: documento de otra Comunidad Autónoma que lo acredite.
  • Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, si corresponde.
  • Copia de un documento bancario que verifique la titularidad de la cuenta del solicitante.
  • Número de cuenta bancaria completo, incluyendo el IBAN.

La Comunidad de Madrid revisará y verificará esta documentación por medios electrónicos. También hará las comprobaciones sobre:

  • Certificado de residencia que demuestre que el solicitante vive en un municipio de la Comunidad de Madrid en la fecha de presentación de la solicitud.
  • NIF/NIE actual del solicitante.
  • NIF/NIE actual del representante legal, si aplica.
  • En caso de que el solicitante sea pensionista de gran invalidez hay que aportar una copia del documento que acredite esta situación.
  • Certificado de discapacidad que haya emitido la Comunidad de Madrid.
  • Declaración de la Renta del último año fiscal aplicable.
  • Certificado de pensiones del último año fiscal aplicable.

Si hay que realizar una tramitación de urgencia para el reconocimiento de la situación de dependencia y elaboración de un Programa Individual de Atención (PIA) tendrás que acompañar una descripción de la situación de urgencia junto a tu solicitud.

El proceso de revisión de tu solicitud

Después de que entregues la solicitud y los documentos necesarios, la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor contactará por teléfono contigo o con tu representante para acordar el día y la hora en que se realizará la valoración.

Esta evaluación será efectuada en tu propio domicilio o lugar habitual por un técnico especializado en el ámbito socio-sanitario.

Durante la valoración se considerarán factores como las barreras arquitectónicas del entorno, así como las técnicas de órtesis y prótesis que utilices.

También se proporcionará información a ti y a tu familia acerca de los servicios disponibles en caso de que se te reconozca como persona en situación de dependencia.

El proceso culmina con la emisión de una resolución definitiva que establece tu grado de dependencia y el Programa Individual de Atención (PIA), que especifica los recursos más apropiados según tus necesidades.

En caso de desacuerdo con esta resolución, tienes derecho a presentar un recurso de alzada ante la Consejería en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la misma.

La Comunidad de Madrid tiene que valorar y resolver tu solicitud en el plazo de 6 meses desde su presentación.

En el caso de que no haya contacto contigo en ese tiempo se entiende que tu solicitud ha sido desestimada.

El proceso de solicitud en resumen

Para solicitar la dependencia en la Comunidad de Madrid el proceso no es complicado y se puede realizar todo telemáticamente.

Si es tu caso esto te permitirá poder costear los servicios especializados para el cuidado que necesitas para tus actividades diarias.

Es una ayuda de la que disfrutan principalmente personas dependientes y mayores que necesitan cuidados específicos.

Como requisitos fundamentales es necesario acreditar que la persona tiene su residencia legal en España y en municipios de la Comunidad de Madrid.

La solicitud se realiza on line a través del portal de la Comunidad de Madrid, donde se debe completar un formulario y adjuntar la documentación que te hemos explicado.

Una vez presentada, la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor concertará contigo una visita para valorar tu situación.

Es en esta reunión donde se valora tu situación y te reconocen como persona en situación de dependencia. También es aquí cuando se establece un Programa Individual de Atención (PIA) adecuado a tus necesidades.

Esto se hará antes de que pasen 6 meses, en caso de que en este tiempo no se hayan puesto en contacto contigo será porque han desestimado tu solicitud.

Si no estás conforme con la resolución final puedes reclamar mediante un recurso de alzada.

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