Preguntas Frecuentes ServiTa
Generales
1. ¿Por qué ServiTa?
2. ¿Qué puede hacer ServiTa por vosotros?
3. ¿Cómo encuentra ServiTa al cuidador ideal para cada mayor?
4. ¿Puedo escoger al cuidador o cuidadora?
5. ¿Quién se ocupa de los trámites y de las gestiones laborales?
El Equipo ServiTa se ocupará de gestionarlo todo para que las familias ganen en tranquilidad. Facilitamos la contratación legal de cuidadores o cuidadoras de personas mayores y ayudamos a las familias con el papeleo.
Desde nuestras oficinas resolvemos todas las dudas de nuestros clientes y ponemos a su disposición el servicio de gestoría:
- Contrato laboral y modificaciones.
- Altas y bajas en la Seguridad Social.
- Envío mensual de las nóminas.
- Cubrir las bajas y vacaciones del cuidador o cuidadora.
- Seguimiento exhaustivo.
- Cualquier otro trámite que necesites.
También dispondrás del apoyo profesional y del asesoramiento laboral que necesitas.
Preguntas sobre contratación y gestión de cuidados internos 24h
1. ¿Cuál es el horario de los cuidadores y cuidadoras internas?
El segundo trabajador cubriría las horas del fin de semana. Su horario sería de sábado a las 9h hasta el domingo a las 21h. El trabajador interno siempre debe tener, como mínimo, 36 horas de descanso semanal continuado.
2. ¿Cuáles son los derechos de los cuidadores y cuidadoras internas?
El cuidador interno pasa todo el día en el domicilio, esto le otorga los siguientes derechos:
- Derecho a realizar las 3 comidas diarias en el domicilio.(*incluidas en su salario)
- Derecho a disponer de una habitación individual con cama y un pequeño espacio para sus objetos personales en el domicilio del dependiente. (*incluido en el salario.)
- Derecho a 2 horas de descanso diarias, para poder dedicarlas a sus comidas principales.
La distribución horaria del descanso se negociará entre el empleador y el trabajador.
3. ¿El cuidador o cuidadora interna tiene la obligación de acompañar a la familia al nuevo domicilio durante las vacaciones de esta?
El cuidador o cuidadora no está obligado a desplazarse con la familia a otro lugar para seguir con sus servicios de cuidado. Si se requiere, esto debe estar especificado en el contrato de trabajo.
En todo caso, siempre se puede negociar con el trabajador, pero los días en que el empleado acompañe a la familia, no contarán como vacaciones.
Preguntas sobre los Servicio de cuidados para mayores
1. ¿Puedo contratar a un cuidador o cuidadora por sólo unas horas a la semana? ¿Y 24h al día?
Los cuidadores o cuidadoras internos cubren las 24 horas del día con un descanso diario de 2 horas y uno semanal de 36 horas mínimo.
En caso de querer contratar los servicios para cubrir una semana entera, el servicio lo realizarían dos cuidadores profesionales, garantizando así su descanso, su calidad ya que solamente podrá trabajar como máximo 6 días a la semana.
2. ¿Qué tareas son obligación de los cuidadores y cuidadoras a domicilio?
Los cuidadores o cuidadoras a domicilio son los encargados del buen cuidado de las personas mayores. Deben velar por su seguridad, comodidad, salud y bienestar.
Los servicios de asistencia a domicilio tienen como objetivo facilitar el día a día de las personas mayores y hacer su vida mucho más sencilla. Los cuidadores o cuidadoras deben ayudar al usuario en las tareas diarias y a cubrir sus necesidades, velando por su salud y promoviendo su autonomía e independencia para mejorar su calidad de vida.
Todas las tareas relacionadas con el cuidado de la persona dependiente serán obligación del cuidador o cuidadora:
- Mantener limpia la habitación y las zonas del usuario.
- Velar por la correcta higiene personal del usuario.
- Ayudar a vestir al usuario.
- Velar por la seguridad constante del usuario.
- Controlar la medicación y seguir las pautas del médico.
- Preparar las comidas para el usuario, siguiendo las pautas del profesional médico y de una dieta sana.
- Acompañar al usuario en los paseos y/o recados, fuera del domicilio.
- Acompañamiento y apoyo en urgencias médicas y a citas médicas previas.
- Realizar compras de objetos necesarios para el cuidado del mayor.
- Preparar ejercicios físicos y cognitivos para mantener activo al usuario e incentivar el envejecimiento activo, teniendo en cuenta sus limitaciones y las indicaciones previas del médico.
También podrán ocuparse de otras tareas relacionadas con el día a día del usuario, en todo lo que sea necesario para garantizar su comodidad, seguridad, salud y bienestar.
3. ¿Cuál es el precio de los Servicios de la Agencia ServiTa?
Existe una cuota de inicio, dependiendo de la jornada del cuidador/a de 150€ a 300€. La cuota de alta incluye:
¿Qué incluye la cuota de inicio?
- Búsqueda personalizada de la empleada en función de las necesidades de la o las personas a cuidar.
- Entrevista personal. Todas nuestras cuidadoras son entrevistadas personalmente en nuestras oficinas y verificamos tanto su documentación como sus aptitudes.
- Contrastación de las referencias.
- Selección de la o las cuidadoras y envío de CV.
- Organización de entrevistas con la familia.
- Trámites de alta en la seguridad social, tanto del empleador como de la empleada.
- Envío de la documentación de la o las cuidadoras contratadas.
Por último se abona una cuota mensual que depende del servicio. Desde 49€ hasta 69€ dependiendo del número de horas contratadas.
¿Qué incluye la cuota mensual?
- Servicio de sustitución ilimitado, cubriendo también las bajas médicas y las vacaciones. El salario de la cuidadora sustituta deberá ser abonado por la familia.
- Elaboración del contrato de trabajo.
- Trámites y gestión de nóminas mensuales.
- Asesoría laboral, altas y bajas en la seguridad social, modificación de contratos de trabajos, realización de finiquitos, despidos, etc.
- Seguimiento continuo.
Sobre contratación del cuidador o cuidadora
1. ¿Por qué ServiTa y no cuidadores sin empresa?
Para ServiTa lo más importante es el bienestar de los mayores por eso nos preocupamos por su familia y las necesidades que esta pueda tener, por lo que solo seleccionamos personal altamente cualificado y con una amplia experiencia en cuidado de personas mayores, proporcionándole así́ el profesional que mejor se adapte a sus necesidades.
2. ¿Cuáles son las consecuencias de tener un cuidador o cuidadora sin contrato?
Una vez procesado el caso por contratación ilegal, el trabajador podrá reclamar su salario de forma retroactiva durante 1 año y con un 10% de recargo. Por otro lado, la Seguridad Social tiene derecho a reclamar las diferencias salariales durante 4 años, más un 20% de recargo y una posible sanción por falta de cotización que pueden ascender entre 600 y 100.000€. No debemos perder de vista que, cuando contratamos a un “falso cuidador o cuidadora” ponemos en riesgo la salud y la seguridad de los mayores, de la familia y de los bienes personales.
3. ¿Cuáles son mis obligaciones como empleador?
También es muy importante que respetes sus días festivos, vacaciones y horas de descanso diario y semanal. En cuanto a términos de salario, debemos pagar lo que rige el Salario Mínimo Interprofesional, que varía de forma anual. También debemos pagar las bases de cotización correspondientes a la Seguridad Social. Debemos guardar todas las nóminas mensuales, desde el principio de la relación laboral hasta su fin.
Tu coordinador de ServiTa te ofrecerá el apoyo que necesitas y se ocupará de todo, así no tendrás que preocuparte por nada.
4. ¿Quién paga al cuidador o cuidadora? ¿Y los recibos de la Seguridad Social?
Las cuotas de la Seguridad Social se cargarán automáticamente a la cuenta bancaria del empleador al vencer el mes. La Cuota mensual también se carga directamente en la cuenta bancaria de la familia.
5. Tener cuidador o cuidadora a domicilio ¿me afecta a la declaración de la renta?
6. ¿Existe período de prueba para los cuidadores y cuidadoras?
Durante el período de prueba se podrá rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes, sin alegar causa alguna, salvo que se haya pactado lo contrario anteriormente. No existe ningún tipo de indemnización y tan sólo se pagarán los días trabajados y los días de vacaciones generados.
7. ¿Cómo funcionan las vacaciones de los cuidadores y cuidadoras? ¿Y los festivos?
Los cuidadores o cuidadoras tienen derecho a los festivos nacionales, autonómicos y locales. Durante los días festivos, el cuidador o cuidadora no está obligado a trabajar, aunque siempre podéis llegar a un acuerdo. Si los cuidadores trabajan algunos días festivos, estos deberán ser abonados. Es muy importante avisar al personal de ServiTa antes del día 20 del mes en curso, para así poder modificar la nómina.
8. ¿Cómo se gestionan las sustituciones por baja o vacaciones del cuidador o cuidadora habitual?
Informamos que los procesos de sustitución son exclusivamente para períodos superiores a 72h.
9. ¿Los cuidadores y cuidadoras tienen derecho a descanso?
Los cuidadores o cuidadoras internas disponen de un descanso diario de 2 horas al día, en las que pueden salir del domicilio, y de un descanso semanal de 36 horas consecutivas.
10. ¿Qué debo hacer si quiero extinguir la relación laboral con mi cuidador o cuidadora?
Si la ausencia es injustificada, lo más aconsejable es pactar la recuperación de esas horas. En el caso de que no se recuperen las horas, la familia debe ponerse en contacto con su coordinador o coordinadora ServiTa para informar de la ausencia y así poder modificar la nómina correspondiente.

Le ayudamos a mejorar su calidad de vida y la de sus seres queridos.
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